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¿Qué
es lo indígena y qué lo campesino? 
Por Ana María Pino Jordán*
Extraído
de:
http://www.servindi.org/actualidad/31111
Disertación
en el Foro de Presentación de la Declaración de
las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.
Puno, Febrero 18 del 2010, evento organizado por SERVINDI con
el auspicio de Oxfam América e IWGIA.
El tema que
me han encargado es tratar dos conceptos que aparentemente, en
su uso diario, se tratan como equivalentes o como sinónimos.
Al igual que los organizadores, creo que es fundamental clarificarlos
para poder ubicar en su real dimensión la Declaración
de las NU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas que
está vigente desde setiembre del 2007. El tratamiento al
tema es más de carácter conceptual, por consiguiente,
sujeto a debate.
En el tiempo
que sigue, pondré sobre el tapete los conceptos, intentaré
una reflexión en torno al por qué y de dónde
viene la confusión entre ellos y trataré de diferenciarlos
con el objetivo de desembocar, con mayores recursos conceptuales
en la Declaración de la ONU sobre los DDII.
Recojo, para
los efectos, los significados de campesino e indígena que
parecen en el diccionario de nuestra lengua oficial que es el
castellano. Todo el mundo puede revisarlo en cualquier tiempo
y lugar, de allí que lo prefiero a cualquier diccionario
especializado.
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Campesino: |
Indígena: |
| 1. Perteneciente o relativo
al campo. |
1. Originario del país
de que se trata. |
| 2. Propio del campo. |
2. Relativo a una población
originaria del territorio que habita. |
| 3. Dicho de una persona:
Que vive y trabaja de ordinario en el campo. |
3. Sinónimo: oriundo,
nativo, originario, aborigen. |
| Categoría sociológica
que se aplica al poblador rural que trabaja la tierra y la
hace producir. |
En sentido estricto, se
aplica a las etnias que preservan las culturas tradicionales
no europea. |
Como verán, se trata de dos categorías distintas
que ni siquiera podrían utilizarse indistintamente.
Sin embargo,
los organizadores de este evento, han determinado como eje temático,
revisar qué es lo campesino y qué es lo indígena,
lo cual está indicando la necesidad de diferenciarlos.
En mi percepción,
la confusión de conceptos viene recién desde las
primeras décadas del siglo pasado.
Durante la
colonia, existió formalmente una república de indios,
a la que pertenecían hasta cierto punto los mestizos; y
una de españoles, así que las identidades eran claras.
Ojo que no me refiero a la situación de los indígenas,
sino a que no había confusiones de identidad. En ese entonces
república no tenía el significado que hoy tiene
y era entendida como “cosa pública” o res publica
(en latín).
A los mestizos
les fueron endilgando el apelativo de “cholo” como
peyorativo (cholo, según Garcilazo, significa perro que
a su vez proviene probablemente del vocablo aymara chulu o chulo).
Con la república
moderna, todos nos convertimos en peruanos y allí creo,
como varios intelectuales, entre ellos Gonzáles Manrique1,
que comenzó el problema de identidad porque si bien se
declaró que todos éramos iguales ante la ley, sólo
tenían ciudadanía los hombres que sabían
leer y escribir hasta Ramón Castilla que les dio cuasi
ciudadanía a negros e indios. La mujer que sabía
leer y escribir tuvo oficialmente ciudadanía en 1956 y
la ejerció realmente, casi 10 años más tarde
(1963). Los analfabetos recién son reconocidos para efectos
de ejercer sus derechos ciudadanos completos, en la constitución
de 1979.
En los años
20 del siglo pasado, se consolida un gran movimiento indigenista,
reforzado por la corriente antropologista de América del
Norte. La lucha de ellos logra que se reconozca a la comunidad
indígena primero, comunidad campesina después, como
institución conformada por familias campesinas que se organizan
bajo determinadas normas y parámetros sociales y culturales;
las normas son las del cooperativismo de la época y la
institución se forma sobre la base de los núcleos
escolares, que a su vez se estructuraron sobre la base de los
antiguos ayllus. Es con la reforma agraria y en el gobierno militar
de Juan Velasco que se les da estatus a las comunidades campesinas
y a las comunidades nativas de pueblos amazónicos.
Entonces, es
desde la creación de la república moderna, que fue
el resultado de la lucha de los criollos (hijos de españoles
nacidos en las Américas) por la igualdad de derechos frente
a los españoles peninsulares, que la situación de
la población nativa del Perú es de exclusión
o invisibilidad bajo la premisa que todos somos peruanos. No sólo
es excluida sino también discriminada en términos
racistas; “indio” se convirtió en insulto,
básicamente porque la consolidación de la república
se basó en un sistema económico de explotación
de la tierra que originó despojo y explotación de
mano de obra rural (los terratenientes detentaban el poder económico
y político). Todos recordamos seguro relatos como los recogidos
por Arguedas, Alegría, López Albújar, Scorza
y estudios como los de Malpica.
El problema
de racismo y discriminación se va evidenciando con el intenso
proceso migratorio del campo a la ciudad que comienza en la década
de los 50 y se agudiza en la de los 60. Sin embargo, la “Revolución”
emprendida por los militares en 1968, puso fin a una época.
Su objetivo fue la modernización del país en un
modelo de sustitución de importaciones y desarrollo de
las fuerzas productivas. Para ello puso en marcha un gran “sistema
de movilización social” que incluyó el control
de los medios y su lema más importante fue “campesino,
el patrón no comerá más de tu pobreza”.
Fue tan fuerte el impacto de esta campaña, que el nacionalismo
se popularizó, y entre otras cosas hizo que la palabra
indio se enterrara en las profundidades del yo oculto y para expresarla
públicamente se sustituyó por la de campesino.
Han pasado
los años y vemos hoy que la sociedad peruana es racista
pero de un racismo y discriminación encubiertos. Felizmente,
eso está cambiando debido entre otros, al proceso de globalización
que hizo emerger la necesidad de mirar, y mirarse, al otro diferente
(sea nativo, o migrante) como un igual legítimo. No en
vano la declaración de las NU sobre Pueblos Indígenas
se aprobó luego de 20 años de discusión y
negociación.
Para terminar
esta parte, muy resumida por cierto, debo señalar que la
connotación peyorativa de “indio” arrastró,
en el sentimiento de la población que se sentía
menospreciada o discriminada, a la palabra indígena. Hasta
hace poco tiempo, por ilustrar casos de nuestra región,
se rechazaba enérgicamente el ser considerado indígena.
Etimológicamente, indígena viene del latín
“indius genitus” que quiere decir “nacido –
engendrado – en un lugar”. Eso de que Colón
llamó a la población que encontró “indios”
porque pensó que había llegado a las Indias Orientales
es también válido, no hay que olvidar que España
denominó al nuevo mundo como Indias Occidentales.
Enseguida voy
a mostrar una serie de fotos de campesinos y de indígenas
para ubicar en la práctica, las semejanzas y las diferencias.
Al mirar las fotos, por favor, vayan ubicando si se trata de campesinos
o de indígenas.
Podemos ahora,
caracterizar ambas categorías.
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Semejanzas
|
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1.
Ambas palabras son adjetivos en cuanto califican o dicen
algo de sujeto o sustantivo |
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2.
Ambas palabras personifican a peruanos que ocupan áreas
rurales |
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3.
Tienen como actividad económica la producción
agrícola y/o pecuaria |
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Diferencias |
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Campesino: |
Indígena: |
| Ocupa la tierra con un
sentido de suelo que hay que hacer producir y/o como recurso
económico |
Ocupa la tierra con un
sentido de territorio (madre tierra) donde él mismo
es parte |
| La actividad agropecuaria
sustenta su vida; constituye su ingreso económico más
importante. |
La
actividad agropecuaria es una de sus estrategias de auto-sostenimiento.
Su economía es diversificada.
|
| Hay pequeños,
medianos y grandes campesinos porque es una categoría
socio-económica. |
No hay pequeños,
medianos ni grandes indígenas porque es una categoría
socio-cultural |
| Está arraigado
en el área rural (no hay campesinado que realice su
actividad en la ciudad). |
No necesariamente realiza
sus actividades en el campo. Hay indígenas arraigados
fuera de su territorio. |
| Generalmente es monolingüe
(castellano). |
Generalmente es bilingüe
pues maneja una lengua materna distinta al castellano |
| Su vestimenta es igual
o muy parecida entre las distintas regiones del país
e inclusive entre los países. |
Su vestimenta los identifica. |
| No se reconocen étnicamente. |
Se adscriben étnicamente
a un grupo o nación o pueblo) |
| Sus autoridades, formas
de organización y leyes son las del país, entre
otros porque son sujetos individuales. |
También respeta
a sus propias autoridades, sus formas de organización
y sus normas, entre otros porque son sujetos colectivos |
Podría
continuar apuntando diferencias como por ejemplo que tienen un
sentido o filosofía de vida distinto, también un
sistema de creencias, etc., etc.; sin embargo, marcar las diferencias
interesa, en este momento, para entender los alcances de la Declaración
de las NU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.
Y es que las
Naciones Unidas otorga derecho a la autodeterminación sólo
a los que se consideran PUEBLOS. Ya en 1986, la UNESCO propició
un gran debate y reconoció la existencia de un pueblo como
grupo diferenciado dentro de un Estado. Le dio existencia a un
pueblo si este era caracterizado como grupo étnico, minoría
o pueblo indígena.
Esa caracterización
se basó en elementos objetivos y subjetivos. Los primeros
referidos al vínculo común entre sus miembros, y
que los diferencia de otros; vale decir, una tradición
histórica común, una identidad, un mismo sentido
cultural y de creencias, una lengua común, una unidad territorial
(ya sea de ubicación o procedencia) y en algunos casos
una unidad de rasgos raciales. Los segundos referidos a un sentido
de pertenencia, vale decir la adscripción (acto conciente)
por parte del grupo de ser considerado un pueblo y a su voluntad
de que se le identifique como tal, para lo cual deberían
contar con “instituciones u otros medios de expresar sus
características comunes y el deseo de mantener su identidad”2.
Por supuesto
que estas consideraciones que no dejan de ser teóricas
o académicas, arbitrarias para algunos, están sujetas
a debate; sin embargo, constituyen ya un instrumento jurídico
de derecho internacional; por ejemplo, el hecho que para NU Pueblos
indígenas son “los que poseen una continuidad histórica
respecto de las sociedades precoloniales que existían en
un territorio dado, que se consideran distintos a los sectores
dominantes de la sociedad y que tratan de preservar, desarrollar
y transmitir a las generaciones futuras sus territorios ancestrales
y su identidad étnica, como base de su existencia continuada
como pueblos, de acuerdo con sus características culturales,
instituciones sociales y sistemas legales.”3.
Finalmente
para terminar, es necesario precisar que con la construcción
de los Estados modernos como “comunidades imaginadas”4,
todos los que nacemos en un mismo territorio somos indígenas
de ese territorio; así los argentinos son indígenas
de Argentina, los franceses son indígenas de Francia, los
japoneses serán indígenas de Japón, etc.
La diferencia es que los pueblos llamados hoy indígenas
se corresponden a “comunidades históricas”
cuyo origen fue construido muchos siglos antes de las decisiones
impuestas por la modernidad occidental. Son también llamadas
naciones originarias.
El debate debe
continuar. Muchas gracias.
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Notas:
1. Gonzáles
Manrique, Luis E. “¿Quiénes somos? Multiculturalismo
y relaciones interétnicas en América Latina.”
En: Crónicas Urbanas. Análisis y perspectivas urbano-regionales.
Cusco: Centro Guaman Poma de Ayala. Año X. Nº 11,
2006, pp. 39-52.
2. Musgrave, Thomas
D. 2000. Self Determination and National Minorities, Somerset:
Oxford University Press. Pág. 20
3. Martínez
Cobo, José. Relator Especial de la ONU, en 1986.
En: http://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_autodeterminaci%C3%B3n
4. En la definición
de Benedict Anderson (1993) “comunidad política imaginada
como inherentemente limitada y soberana”, citado por Ramón
Pajuelo en Reinventando Comunidades Imaginadas: Movimientos indígenas,
nación y procesos sociopolíticos en los países
centroandinos. Lima, Perú: IFEA/IEP, Diciembre 2007. 173:16pp.
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(*) Ana María
Pino Jordán es promotora de la Casa del Corregidor; e-mail:
promotora@casadelcorregidor.pe
Extraído de:
http://www.servindi.org/actualidad/31111
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